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APUNTES SOBRE LA TRADICION CATOLICA.

DESDE "MEXICO Y TRADICION (Hirpinus)"

Comentario:

“Dios sea servido primero”.

Muchos en la Iglesia, ya sean Obispos, Sacerdotes, Religiosos y laicos con algun cargo dentro de la enseñaza doctrinal, presumen de ser y tener una Iglesia "plural, diversa y rica en estos sentidos", se habla de libertad de pensamiento y de un "renacimiento" dado en "virtud" del Concilio Vaticano II, a mi parecer elevado inmerecidamente por encima de lo que la Iglesia en casi dos milenios de reflexion Teologica y Doctrinal antes del Concilio creyo y construyo bajo la guia del Espiritu Santo (El CVII debe ser visto adjunto a la Tradicion y no desligado de la misma).
Pero esta presuncion de "diversidad" se queda solo en las palabras y acciones huecas que dejan mucho que desear, verdaderamente la Iglesia esta sumida en una crisis tremenda, que muchos quisieran no ver y negar, seminarios vacios, vocaciones light, abusos liturgicos, negaciones al dogma Catolico, sobrevaloracion de las opiniones propias sobre la doctrina de la Iglesia contenida no solo en un concilio, si no en casi dos mil años de historia y muchos mas concilios que el mero CVII, mas de una vez me ha tocado ver a sacerdotes y Obispos, religiosos y laicos decir que la Iglesia "necesitaba" del CVII para ser realmente acorde al mundo, y no lo niego, es hoy acorde a mundo, coquetea con el mundo descaradamente, prefiere precisamente dar gusto al mundo y no a Dios, se enfrasca en dar gusto al mundo y no cumplir con sus compromisos Cristianos que como dice el Salmista con respecto a los preceptos que Dios nos da, "son para siempre", hoy por hoy se prefiere dar cabida a estudios psicologicos, historicos y exageticos antes que a lo que los Padres de la Iglesia nos dicen con claridad sobre la Fe, no hace poco escuche a un sacerdote decir que el Catolicismo debia a los protestantes gran ayuda sobre Liturgia... ¿? ¿acaso la Iglesia antes de la "Reforma Liturgica" de 1967 - 69 era incompleta o carente de la plenitud? ¿acaso la santidad de un Padre Pio, una Teresa de Avila fue en base a una Liturgia Incompleta y necesitada de ayuda de una herejia?... en fin. En nombre de la diversidad de la Iglesia y del "espiritu del Concilio" se han dicho tantas boberias que esto ya no me asusto, simplente me da un atisbo de la necesidad del Catolico de recuperar su Identidad netamente Catolica, si un sacerdote, Obispo o quien sea dudan o ponen en duda la Eclesiologia y Unidad de la Iglesia en pro de "lo hermanitos separados" (que viven por cierto en herejia, guste o no a los modernistas) pues que Dios nos ayude, con ejemplos verdaderos de Catolicidad y Santidad, por lo pronto, dejo este detallado analisis de la situacion de la Tradicion Catolica frente al modernismo y la apostasia silenciosa, aceptada incluso por S.S. Juan Pablo II, ese "humo de satanas que se colo a la Iglesia" segun Pablo VI y que a mi me late que entro por las ventanas que Juan XXIII abrio para refrescar la Iglesia (eso me dice que abrir una ventana sin un buen mosquitero, no solo deja entrar el aire fresco, si no muchisimos bichos entre ellos satanas, aunque no faltara el cura u Obispo modernista que me diga que no hable de ese bicho enemigo (satanas) por temor a perder fieles por andarlos asustando, o que simplemente es un invento medieval y que Dios es puro amor a lo hippie... )

Y recordemos algo que no es opcional y al contrario es parte de lo que la Escritura nos enseña...

Extra ecclesia nulla salus

(O lo que es lo mismo, "Toda salvacion nos viene de Cristo - Cabeza de la Iglesia que es su cuerpo")

Atte Alberto OP (Catolico fiel a la Tradicion y no solo al CVII aun que sea una "primavera para algunos" )


LA TRADICIÓN “EXCOMULGADA”

CATÓLICOS DESPEDAZADOS


Parece que desde el Vaticano II, el católico se halla constantemente en la necesidad de elegir entre la verdad y la “obediencia”, entre ser hereje o ser cismático.
Así —para limitamos a algunos ejemplos— ha tenido que optar entre la encíclica Pascendi de San Pío X, que condena al modernismo “que recoge todas las herejías” y la actual orientación eclesial, abiertamente modernista, que por medio del órgano de la Santa Sede, no cesa de alabar al modernismo y a los modernistas(1) y de denigrar a San Pío X, cuya encíclica con motivo de su 70º aniversario, se acusó “revelación... irrespetuosa, desde el punto de vista histórico”.(2)
Ha tenido que elegir entre el Monitum del Santo Oficio de 1962, que condenaba las obras del jesuita Teilhard de Chardin, en cuanto “están llenas de tales ambigüedades e incluso de errores tan graves que ofenden la doctrina católica”, y la actual corriente eclesial que no duda en citar esas obras hasta en los discursos pontificios, y que con motivo del centenario del nacimiento del jesuita “apóstata” (R. Valneve), exaltó, por medio de una carta del Cardenal Casaroli, Secretario de Estado de Su Santidad, la “riqueza de pensamiento” y el “inigualable fervor religioso”(3) que contienen, suscitando así la reacción de un grupo de cardenales.(4)

Ha tenido que optar entre la invalidez —que ya estaba definida— de las ordenaciones anglicanas,(5) y la actual orientación eclesial en virtud de la cual, en 1982, un Pontífice Romano participó —por primera vez— en un rito anglicano en la Catedral de Canterbury, bendiciendo a la multitud con el Primado laico de esta secta herética y cismática. En la alocución de bienvenida, dicho Primado reivindicó para sí el título de sucesor de San Agustín,(6) el evangelizador de la Inglaterra católica,(7) sin que nadie le contradijera.

Ha tenido que elegir entre la condenación “ex cathedra”(8) de Martín Lutero y la actual corriente eclesial que, al celebrar el Vº centenario del nacimiento del heresiarca alemán, declaró —por medio de una carta firmada por S.S. Juan Pablo II— que hoy, gracias a las “investigaciones comunes de sabios católicos y protestantes... aparece la profunda religiosidad de Lutero”.(9)
Ha tenido que elegir entre la historicidad de los Evangelios que “la Santa Madre Iglesia de manera firme y absolutamente constante ha afirmado y afirma... y testimonia sin dudar”,(10) y la actual orientación eclesial que niega escandalosamente esta historicidad en el documento publicado el 24 de junio de 1985 por la Comisión Pontificia para las relaciones religiosas con el Judaísmo.(11)

Ha tenido que optar entre la Santa Escritura, que declara a los judíos incrédulos “que odian a Dios” según el Evangelio, y la actual orientación eclesial, que —en el discurso del primer Papa que visitó la Sinagoga de Roma— descubre que los judíos aún incrédulos son los “hermanos mayores” de los católicos ignorantes.(12)

Ha tenido que elegir entre el primer mandamiento: “No tendrás otros dioses delante de Mí” —que va de par con el deber que desde la Redención obliga a todos los hombres a dar a Dios el culto que le es debido “en espíritu y en verdad”—, y la actual orientación eclesial en virtud de la cual, a invitación del Pontífice Romano, en las iglesias católicas de Asís se practicaron todas las formas —incluso las más graves— de superstición: desde el falso culto de los judíos —que en la era de la gracia pretenden honrar a Dios negando a Cristo— hasta la idolatría de los budistas —que adoraron a su ídolo sentado de espaldas al Sagrario, cuya lámpara encendida indicaba la Presencia Real de Nuestro Señor Jesucristo.(13)

Ha tenido que optar entre el dogma católico: “Fuera de la Iglesia no hay salvación” y la actual orientación eclesial que ve en las religiones no cristianas “caminos de acceso a Dios” y declara “también venerables” incluso a las religiones politeístas.(14)

Ha tenido que optar entre la enseñanza constante de la Iglesia según la cual los herejes y/o cismáticos están “fuera de la Iglesia Católica”,(15) y la actual orientación eclesial según la cual entre “las diversas confesiones cristianas” sólo hay una diferencia de “...profundidad” y de “plenitud de comunión”(16) y para la cual, en consecuencia, las diversas sectas heréticas y/o cismáticas deben ser “respetadas (...) en tanto que son Iglesias y comunidades eclesiales”.(17)
Aquí nos detenemos, porque sería imposible enumerar todas las elecciones que se impusieron y se imponen a cada paso al católico. Nuestro periódico (*) las señala desde hace catorce años, y Romano Amerio hace la suma no exhaustiva en las 505 páginas de su Iota Unum, estudio de las variaciones de la Iglesia Católica en el siglo XX.(18)

LA ELECCIÓN DEL “SENSUS FIDEI”

En el conflicto que surge entre “obediencia” y verdad, los católicos más informados han elegido la verdad, seguros por su “sensus fidei” de que solamente la verdad asegura la unión con la Cabeza invisible de la Iglesia que es Cristo. Por este motivo, se les ha dado el apelativo de “tradicionalistas”, y se les juzga incapaces de distinguir entre la Tradición divina y las tradiciones humanas; entre lo que es irreformable y lo que está sujeto al cambio dentro de la tradición de la Iglesia; entre la evolución homogénea y la evolución heterogénea del dogma. Se les tacha de desobedientes y ahora, además, de excomulgados y cismáticos. Ellos saben que esto no corresponde a la realidad y que no son cismáticos —es decir, “volentes per se ecclesiam constituere singularem”.(19) No tienen ningún deseo de constituir una Iglesia por sí mismos sino que, al contrario, sólo resisten a la actual orientación de la Iglesia para permanecer en la única Iglesia de Cristo. Entre ellos ninguno “se niega a actuar como parte de un todo” ni quiere, en definitiva, “pensar, rezar ni comportarse sin estar en la Iglesia ni según la Iglesia, ni como un ser autónomo que fija por sí mismo la ley de su pensamiento, su oración y de su acción”.(20) Todo lo contrario: si resisten a la nueva corriente eclesial es para no dejar de pensar, rezar ni actuar “en la Iglesia y según Ella”, y eso en la medida en que trata de alejarlos, a nivel doctrinal o práctica, de la Fe guardada y transmitida por la Iglesia.

Tampoco se niegan a “subesse capiti”, es decir, a estar sometidos a la Cabeza de la Iglesia, que sería otra modo de ser cismáticos .(21) Al contrario: para permanecer sometidos a la Cabeza invisible de la Iglesia, resisten a la actual orientación —permitida, favorecida o querida por el Papa, aquí poco importa—, deseando sin cesar, y a pesar de desilusiones reiteradas, que la unión con la actual jerarquía, y sobre todo con el Vicario de Cristo, se restablezca lo antes posible, sin tener que hacer compromisos en ningún punto de doctrina.

UN EQUÍVOCO

Sin embargo, el conflicto que surge entre “obediencia” y verdad se funda, en realidad, sobre un equívoco: identificar equivocadamente la obediencia debida a la jerarquía con una adhesión a orientaciones impuestas por miembros de la jerarquía en contra del precedente Magisterio de la Iglesia.
Veamos el ejemplo del liberalismo y del ecumenismo, que inspiran la nueva orientación de la Iglesia y que provocan la firme resistencia de los católicos “tradicionalistas”.
El liberalismo que “defiende la libertad civil de todos los cultos, que no es en sí contraria a los fines de la sociedad, sino conforme a la razón y al espíritu evangélico” ha sido condenado varias veces por la Iglesia a través del Magisterio de una larga serie de Pontífices, particularmente por Gregorio XVI, Pío IX, León XIII, etc...(22)

El Padre Garrigou-Lagrange agrega, en su libro De Revelatione: “Los Sumos Pontífices siempre han enseñado esto; por ejemplo Bonifacio VIII en la bula «Unam Sanctam» (Dz. 469); Martín V en la condenación de los errores de Juan Hus y de Wicleff (Dz. 469) y también León X condenando «ex cathedra» los errores de Martín Lutero...”

Aún en 1967, el Padre Matteo da Casola contaba en el rango de los “cismáticos” que niegan la autoridad del Pontífice Romano en alguna materia en particular, a los “católicos liberales” y “a quien admita el sistema político religioso del liberalismo puro que enseña la absoluta y plena independencia del Estado en relación a la Iglesia”.(23) Por eso la “Declaración sobre la libertad religiosa” (Dignitatis Humanæ), que quieren imponer a todo precio a los católicos, fue redactada por “cismáticos”.

No entremos en debate. Basta destacar aquí que una ojeada a los documentos pontificios de los últimos 150 años permite demostrar que la nueva orientación eclesial es obra de una corriente antigua, obstinadamente rebelde al Magisterio desde hace mucho tiempo.(24) Esta corriente —después de haber reducido al silencio la oposición por medios más o menos honestos durante el Concilio— se instaló en los puestos de comando en el postconcilio, y hoy exige obediencia a sus propias orientaciones personales, en contra de todo el Magisterio precedente de la Iglesia.
Lo mismo pasa con el ecumenismo irénico(25) —de origen protestante— que inspira todos los textos equívocos o inaceptables del Concilio antes del enredo litúrgico de Pablo VI. Este ecumenismo, que impuso e impone a los católicos las determinaciones más variadas y graves, fue condenado repetidas veces por la Iglesia a través del Magisterio de León XIII (Testem benevolentiæ y Satis cognitum), de San Pío X (Singulari quadam), de Pío XI (Mortalium animos) y de Pío XII (Humani generis).

No nos detendremos. Pío XI escribía en su Mortalium animos que la caridad “no puede volverse en detrimento de la Fe” y que, en consecuencia “la Sede Apostólica no puede de ninguna manera participar de sus congresos (ecuménicos), y que de ninguna manera los católicos pueden votar a favor de tales proyectos o colaborar con ellos; si lo hicieran, darían autoridad a una falsa religión cristiana enteramente ajena a la única Iglesia de Cristo”. “¿Podemos soportar —continúa el Papa— que sea puesta en componendas la verdad, y la verdad divinamente revelada? Sería el colmo de la iniquidad, pues en tal circunstancia se trata de respetar la verdad revelada”. Es la demostración del conflicto entre la Verdad y una pretendida “obediencia”, conflicto que viven hoy tantos católicos.

En cuanto al “diálogo” que habría que entablar con todos los errantes y todos los errores, no es más que una invención personal de Pablo VI, sin ningún precedente en los dos mil años de historia de la Iglesia.(26)

No obstante, el católico sólo tiene la obligación de estar en comunión con el Sucesor de Pedro en la medida en que éste cumpla los deberes de su cargo, es decir en la medida en que guarda, transmite e interpreta fielmente el depósito de la Fe. No tiene ninguna obligación de estar en comunión con las “adinventiones”, los inventos —opiniones, puntos de vista y orientaciones personales— del Sucesor de Pedro. Más aún, si esas orientaciones están en conflicto con la pureza y la integridad de la Fe, la fidelidad a Cristo obliga a resistir a quien quisiera imponerlas de algún modo. Esto por la clara distinción que hay que establecer entre la obediencia debida a la autoridad y la adhesión a puntos de vista, opiniones y orientaciones personales de los que detentan la autoridad.

Y como no es raro que se aproveche el equivoco ya descrito para intentar que los “tradicionalistas” sientan remordimientos de conciencia, hoy más que nunca hay que tener ideas claras sobre el Papado y sobre su función en la Iglesia.

LA IGLESIA NO ES BICÉFALA

“El único cuerpo de la Iglesia una y única no tiene más que una sola cabeza, no dos, como un monstruo. Y es Cristo y su Vicario, habiendo el Señor dicho a Pedro: Apacienta a mis ovejas. Las «mías» dice...”(27) La Única Iglesia de Cristo es Una y está bajo la autoridad de uno solo.(28) Como Cristo y su Vicario no son dos cabezas distintas sino una sola y única Cabeza, la Iglesia no puede recibir de Cristo y del Papa dos orientaciones divergentes y, menos aún, opuestas. Si eso se produce, es inútil decir a quién de los hay que ser fiel.

El Papa es el Vicario y no el Sucesor de Cristo,(29) y la Iglesia es el Cuerpo Místico de Cristo y no el Cuerpo Místico del Papa.(30) Por eso, San Jerónimo escribía al Papa Dámaso: “Yo no sigo más que a Cristo como primera cabeza: luego estoy ligado por la comunión a Vuestra Beatitud, es decir a la Cátedra de Pedro, sabiendo que sobre esa piedra está edificada la Iglesia”.(31)
Cristo es la “piedra angular” sobre la que está edificada la Iglesia; Pedro es piedra sólo “por participación”.(32) El oyó que “debía ser piedra; sin embargo no de la misma manera que Cristo. Cristo es la piedra verdaderamente firme. Pedro es firme por la virtud de Aquella”.(33) Sin duda el Papa es “cabeza y jefe de la Iglesia, pero en el plano visible, en el orden jurisdiccional, en la medida en que es asistido por Cristo (infalibilidad) durante el tiempo medido de su pontificado”.(34)

Por eso, la comunión con el Papa es inseparable de la comunión con Cristo; la unidad de la Iglesia es la unidad con Cristo y su Vicario, y nunca unidad con el Vicario fuera de Cristo o contra Cristo. La razón misma nos dice que “se debe obediencia a cada uno según su rango”, porque de otro modo se alteraría el orden de la justicia.(35)

LA “PERSONA” Y LA “FUNCIÓN” DEL PAPA


Aquel al que Cristo asoció como Cabeza de la Iglesia y como Piedra, ¿puede permitir, favorecer o querer en la Iglesia una orientación divergente u opuesta a la que quiere Cristo? La Sagrada Escritura y la teología católica nos dicen que es posible, salvo el caso en el que la autoridad del Papa esté comprometida por la infalibilidad.(36) Pedro confiesa la divinidad de Cristo y Jesús le dice: “Bienaventurado eres, Simón-Bar-Yona, porque la carne y sangre no te lo reveló, sino mi Padre Celestial. Y Yo te digo (a ti que has confesado que Yo soy el Hijo de Dios) que tú eres Pedro, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia”.(37) El mismo Pedro intenta apartar a Cristo de su Pasión y Jesús le replica: “¡Retírate de Mí, Satanás! ¡Tú eres un tropiezo (ese es el sentido exacto de la palabra “escándalo”) para Mí, porque no sientes las cosas de Dios, sino las de los hombres!”(38)

Para que no pensemos que ese “escándalo” ocurrió porque entonces la primacía sólo le estaba prometida pero no conferida, he aquí el célebre episodio Antioquía.
Jesús Resucitado confirió a Pedro el Primado, que ejerció con la veneración de la primera comunidad cristiana. Sin embargo, en Antioquía, San Pablo comprendió que Pedro era “reprehensibilis” porque él y otros, arrastrados por su ejemplo, “no andaban rectamente, conforme a la verdad del Evangelio”,(39) y aunque era inferior y estaba subordinado a Pedro le hizo un reproche “coram omnibus”, delante de todo el mundo. Santo Tomás comenta: “El motivo del reproche no era ligero sino justo y útil, era el peligro que corría la verdad evangélica; el modo en el que fue hecho, público y manifiesto,... puesto que esta simulación constituía un peligro para todos”.(40)

La Sagrada Escritura enseña, pues, que fuera del caso de la infalibilidad, Pedro es falible y puede volverse “reprensible”.

Idéntica es la lección que nos da la mejor teología católica, al hacer una distinción entre la “persona” del Papa y su “función”.

“Persona papæ potest renuere subesse officio papæ”: la persona del papa puede rehusar someterse a su deber de Papa, escribe Cayetano, que agrega que la persistencia en tal comportamiento haría que el Papa fuese cismático “per separationem sui ab unitate Capitis”: por su separación de la unión con la Cabeza de la Iglesia que es Cristo.(41) En cuanto al axioma “Donde está el Papa ahí está la Iglesia —precisa Cayetano— vale en la medida en que el Papa se comporta como Papa y como Cabeza de la Iglesia; si no, ni la Iglesia está en él, ni él en la Iglesia”.
El Cardenal Journet trata también del “Papa malo pero creyente”,(42) de la posibilidad admitida por “grandes teólogos” de un “Papa hereje” y de la de un “Papa cismático”.(43) En relación a esto, dice que el Papa “puede pecar de dos maneras contra la comunión eclesiástica”. La segunda manera consiste en el hecho de “romper la unidad de dirección, lo que se produciría —según el penetrante análisis de Cayetano— si como persona privada se rebelara contra el deber de su cargo y rechazara a la Iglesia —si tratara de excomulgar a toda la Iglesia o simplemente eligiera vivir sólo como príncipe temporal— la orientación espiritual que Ella tiene el derecho a esperar de él en el nombre de Uno más grande que él, es decir, de Cristo mismo y de Dios”. Y agrega: “La suposición de un Papa cismático nos revela aún más —rodeándolo de una trágica luz— el misterio de la santidad de esta unión de orientación que es necesaria para la Iglesia, y quizás podría ayudar al historiador de la Iglesia —o mejor dicho, al teólogo de la Historia del Reino de Dios— a iluminar con un rayo divino las sombrías épocas de los anales del Papado, permitiéndoles mostrar cómo puede ser traicionado por algunos de sus depositarios”.

Es evidente que si la teología católica estudia el problema planteado por un Papa malo, cismático y hasta hereje, es precisamente porque —como dice Cayetano— “persona papæ potest renuere subesse officio papæ”: la persona del Papa, excepto el caso en el que se compromete su infalibilidad, puede dejar de plegarse a los deberes de su función de Papa. Una última nota: como habían hecho una distinción entre el “papado” y sus “depositarios”, y entre la “persona” y la “función” del Papa, en los momentos oscuros del Papado, a muchos teólogos se los obligó a alinearse personalmente.(44)

Nosotros —a quienes podría parecer que esas épocas ya habían terminado para siempre— hemos perdido la costumbre de tales distinciones y, después del Concilio Vaticano I, hemos terminado confundiendo infalibilidad con infabilismo, como si el Papa fuera en todo y siempre infalible, y no en circunstancias muy concretas y bajo condiciones bien determinadas.(45)

UNIDAD DE FE Y UNIDAD DE COMUNIÓN

¿Cuál es, pues, la función del Papa en la Iglesia?

El Concilio Vaticano I enseña: “Para que la muchedumbre de los creyentes se mantenga en la unidad de la fe y de la comunión («in fidei et communionis unitate»), Jesús puso al bienaventurado Pedro a la cabeza de los Apóstoles”.(46)

León XIII, que trata ex profeso de la unidad de la Iglesia, escribe: “El autor divino de la Iglesia, habiendo decretado darle la unidad de la fe, de gobierno y de comunión, eligió a Pedro y a sus sucesores para establecer en ellos el principio y el centro de la unidad”.(47)

En consecuencia, la función del Papa es asegurar “la unidad de fe y de comunión” en el seno de la muchedumbre de los creyentes, así como “la unidad de gobierno” entre la multitud de los Pastores.

Pero ¿en qué relación se encuentran en la Iglesia la unidad de la fe y la unidad de comunión; la unidad de la fe y la unidad de gobierno? “El que instituyó la Iglesia única, también la instituyó una... Ahora bien, una tan grande y tan absoluta concordia entre los hombres debe tener por fundamento necesario el entendimiento y la unión de la inteligencias: de donde seguirá naturalmente la armonía de las voluntades y el acuerdo de las acciones. Por eso, según su plan divino, Jesús quiso que la unidad de fe existiera en su Iglesia: pues la fe es el primero de todos los vínculos que unen al hombre con Dios y es a ella a la que le debemos el nombre de fieles”.(48)
Pío XI le hace eco: “Por eso, como la caridad tiene por fundamento una fe íntegra y sincera, la unidad de la fe debe ser el vínculo principal que una a los discípulos de Cristo”.(49)

Luego, unidad de fe y unidad de comunión, unidad de fe y unidad de gobierno son inseparables en la Iglesia. Como la unidad de fe es el fundamento necesario tanto de la unidad de comunión como de la unidad de gobierno, nadie en la Iglesia tiene derecho a exigir una unidad de comunión y/o de gobierno que haga abstracción de la unidad de fe. Si los católicos suficientemente informados se sienten hoy continuamente divididos entre una unidad de fe con la Iglesia y una pretendida “unidad de comunión” con la actual jerarquía. Si los obispos —que lo digan o no; o que se dobleguen ante compromisos más o menos grandes; aquí poco importa— se enfrenten constantemente con disyuntivas entre una unidad de fe con la Iglesia y una pretendida “unidad de gobierno” con las Autoridades Superiores, es precisamente porque a unos y a otros se les reclama, respectivamente, una unidad de comunión y una unidad de gobierno que no están fundadas sobre la unidad de fe, sino sobre una adhesión a puntos de vista “personales” más o menos erróneos.

De la relación necesaria que vincula la unidad de fe y la unidad de comunión con la jerarquía, se deriva también que la comunión con la jerarquía actual no puede ni debe separarnos de la comunión con la jerarquía de ayer; porque la jerarquía de hoy, como la de ayer, tiene la función de guardar, transmitir sin alteración e interpretar fielmente el depósito de la fe. El que en tiempos de Montini acusaba a los “tradicionalistas” de desobedecer “al Papa de hoy” en nombre de la obediencia a los “Papas de ayer”, no podía —como buen modernista— apreciar la gravedad de esta afirmación.

La comunión con el Papa es obligatoriamente una comunión en la Verdad, y, como tal, comunión con todos los Papas de ayer y de hoy, teniendo en cuenta, desde luego, el desarrollo del dogma que procede por explicitación y jamás por contradicciones. Cuando se impone la necesidad de tener que elegir entre la comunión con los “Papas de ayer” y la comunión con el “Papa de hoy” es un signo de que algo no funciona bien en la Iglesia. Es un signo de que la “persona” del Papa —o quien sea en su nombre— interviene indebidamente en su “función”, y de la misma manera que un católico no tenía ni podía estar en comunión con un Papa como Honorio I que favoreció la herejía monotelista,(50) tampoco debe ni puede estar en comunión con un Pablo VI que favorece el modernismo, el liberalismo y el ecumenismo, condenados por sus predecesores, y que inventa un “dialogo” que es la negación del dogma “extra Ecclesia nulla salus”, pretendiendo de modo abusivo orientar a toda la Iglesia según sus puntos de vista personales, tan deformados y deformantes.

EL CRITERIO DE LA ELECCIÓN

De esto resulta claro que el criterio que sirve para distinguir entre el ejercicio legítimo de la autoridad y las iniciativas “personales” de los que poseen la autoridad, es un criterio objetivo y no subjetivo, que la Tradición de la Iglesia “guardiana de la Fe”, le proporciona a todo católico.(51)
“Nosotros no debemos... apartarnos de la primitiva tradición eclesiástica, ni creer sino lo que la Iglesia de Dios nos ha enseñado por medio de la tradición sucesiva”.(52)
“La verdadera sabiduría es la doctrina de los Apóstoles... llegada a nosotros por la sucesión de los Obispos”.(53)

“Es constante que toda doctrina conforme a la de las Iglesias apostólicas, madres y fuentes primitivas de la fe, debe ser declarada verdadera, pues guarda sin ninguna duda lo que las Iglesias recibieron de los Apóstoles, los Apóstoles, de Cristo y Cristo de Dios... Estamos en comunión con las Iglesias apostólicas, nadie tiene una doctrina diferente: ahí está el testimonio de la verdad”.(54)

Si el Magisterio instituido por Jesucristo es un “magisterio vivo”, es también un “magisterio perpetuo”(55) que no puede contradecirse a sí mismo sin contradecir lo que la Iglesia recibió de los Apóstoles, los Apóstoles de Cristo y Cristo de Dios.

ECUMENISMO: UN ATENTADO A LA UNIDAD DE LA IGLESIA

Como la unidad de la fe es el “fundamento necesario” de la “armonía de las voluntades” y de la “concordancia de las acciones”,(56) en pocas palabras, de toda unidad en la Iglesia, cada vez que la jerarquía reclama “unidad de comunión” o de “gobierno” en oposición más o menos grave con la “unidad de la fe”, atenta contra la unidad de la Iglesia.
León XIII lo advertía desde 1899, en la Testem benevolentiæ: “Ellos (los obispos americanistas) sostienen, en efecto, que para ganar los corazones de los extraviados es oportuno callar ciertos puntos de doctrina, como si fueran de menor importancia, o atenuarlos hasta vaciarlos del sentido al que la Iglesia se sujetó siempre. No hay necesidad de largos discursos para mostrar qué condenable es la tendencia de esta concepción... Tampoco hay que pensar que no hay ninguna falta en ese silencio con el que se quiere cubrir ciertos principios de la doctrina católica para envolverlos en la oscuridad del olvido. Pues todas esas verdades que forman el conjunto de la doctrina cristiana no tienen más que un solo Autor y Doctor...

“Evítese, entonces, suprimir nada de la doctrina recibida de Dios, no omitir nada por ningún motivo; pues el que lo hiciera tendería más bien a separar a los católicos de la Iglesia que a traer a la Iglesia a los que están separados. Que ellos vuelvan es nuestro mayor deseo, sin duda: que vuelvan todos aquellos que andan errantes lejos del redil de Jesucristo, pero no por otra vía que la que el mismo Cristo ha mostrado”.

Todo comentario es superfluo. León XIII advierte aquí claramente que el ecumenismo irénico atenta contra la pureza y la integridad de la Fe y, por eso mismo contra la unidad de comunión en la Iglesia. No es necesario demostrar que precisamente ese ecumenismo es el que se predica desde el Vaticano II y que seguir en el camino “irreversible” de este ecumenismo equivale a continuar comprometiendo la integridad y la pureza de la Fe —lo que ilustra perfectamente la iniciativa de Asís— y, por lo tanto, a desgarrar la unidad en la Iglesia.

Destaquemos todavía que León XIII dice que “tendería a separar a los católicos de la Iglesia”, porque de hecho nadie puede separar al católico de la Iglesia si él mismo no se separa culpablemente. Separarse temporalmente de las orientaciones de la jerarquía no equivale a separarse de la Iglesia, sino todo lo contrario. El Diccionario de Teología Católica dice lo siguiente: “Los teólogos medievales, de los siglos XIV, XV y XVI por lo menos, señalan cuidadosamente que el cisma es una separación ilegítima (en cursiva en el texto) de la unidad de la Iglesia, pues —dicen— podría haber una separación legítima, como si alguno se negara a obedecer a un Papa que mandara una cosa mala o indebida (Torquemada, Summa de Ecclesia). La consideración puede parecer superflua (aunque hoy no lo es) y se puede pensar que como en el caso de excomunión injusta, habría una separación de la unidad puramente exterior y putativa”.(57)

SITUACIÓN “EXTRAORDINARIA” EN LA IGLESIA

La ruptura entre la unidad de fe y una pretendida “unidad de comunión” temporal con una jerarquía que omite, calla o altera la doctrina recibida de Dios y transmitida por la Iglesia, crea en la Iglesia militante una situación “extraordinaria”, es decir un estado no ordinario y no regular de las cosas. La situación normal y ordinaria de la Santa Iglesia Católica es que la jerarquía, en la orientación que tiene que darle desde el exterior, favorezca, o al menos no contradiga la orientación que su Cabeza invisible le ha dado inicialmente y que continúa dándole por la gracia.(58)

En cambio, cuando la jerarquía contradice esta orientación que Cristo dio y sigue dando —y que nadie tiene derecho a cambiar—, se crea inevitablemente una situación de conflicto y de malestar en la catolicidad. De conflicto entre la orientación, que se pretende obligar a admitir y el “sensus fidei” de los católicos; entre el eje de gobierno que se impone y la conciencia que todo Obispo tiene —o al menos debería tener— de su propia misión. De malestar entre los fieles, que se ven agredidos en la Fe por los mismos que deberían ser sus guardianes y maestros, y que se ven, de este modo, obligados en conciencia a resistir a aquellos que desean seguir como Pastores (cosa que, en tiempos normales, sería su deber). De malestar entre los obispos que sienten en conciencia el deber de resistir (que no lo hagan por diferentes motivos es otra cosa) a la Autoridad, cuyo deber es el de asegurar la unidad de gobierno en la Iglesia. Autoridad con la cual quisieran y —en tiempos normales— deberían estar en comunión. Esta situación “extraordinaria” en la Iglesia impone por otra parte deberes extraordinarios para todos.

DEBERES EXTRAORDINARIOS DE LOS LAICOS

Acusados de no estar en comunión con la Iglesia militante, los laicos responden con Santa Juana de Arco: Yo me quiero estar unido, pero “Dios sea servido primero”. Acusados de desobedecer al Papa explican que “el Espíritu Santo fue prometido a los Sucesores de Pedro, no para que revelen una nueva doctrina, sino para que bajo Su asistencia conserven en toda su pureza y expongan fielmente la Revelación transmitida por los Apóstoles, que es el depósito de la Fe”(59) y que “el poder del Papa no es ilimitado: no sólo porque Él no puede cambiar nada de lo que es de institución divina (suprimir la jurisdicción episcopal, por ejemplo) sino porque habiendo sido colocado para construir y no para destruir (II Cor. 10) está obligado por la ley natural a no sembrar la confusión en el rebaño de Cristo”.(60)

Con Santa Catalina gimen en su corazón(61): “Santidad, haced que no me queje de Vos a Jesús Crucificado. No puedo quejarme ante otros, pues Vos no tenéis superiores en la tierra”. En la práctica, aferrados a la doctrina y a las costumbres tradicionales de la Iglesia, resisten a las “novedades” queridas, alentadas o permitidas desde arriba, creyendo contra toda apariencia humana y esperando contra toda espe¬ranza humana que la desorientación pasará, porque “las Puertas del Infierno no prevalecerán” y la Esposa de Cristo “no puede perder la memoria” de la divina Tradición.(62)

Su santa “objeción de conciencia” parece lacerar la unidad visible de la Iglesia. Los católicos sufren, pero saben que ellos no son los responsables. Saben, sobre todo, que no pueden actuar de otro modo. Aman a la Iglesia y profesan firmemente el Primado de Pedro; están dispuestos a obedecer a su Sucesor en la medida en que él actúe como Sucesor de Pedro; pero saben también que, en el estado extraordinario de cosas en que viven, tienen el deber de resistirle incluso a él o a quien actúe en su nombre, “en el Nombre de Uno más grande”.(63)

La decisión de su “sensus fidei” se apoya en la gran teología católica: San Agustín, San Cipriano, San Gregorio —en el comentario del famoso episodio de Antioquía—, Torquemada, Báñez, Vitoria, Suárez, Cayetano, San Roberto Belarmino, Santo Tomás de Aquino y otros autores seguros. Todos ellos enseñan que “el peligro para la Fe” y el “escándalo público”, particularmente en materia doctrinal, hacen que sea no solo lícito sino también justo resistir públicamente a la jerarquía y al Sumo Pontífice mismo.

Lícito porque “así como es lícito resistir al Pontífice que agrede al cuerpo, también es lícito resistir al Papa que agrede a las almas o que turba el orden civil, y con mayor razón al Papa que intenta destruir la Iglesia”.(64)

Justo porque con la Fe está en juego la propia salvación eterna y la de los demás, y con la salvación, la gloria que el hombre le debe a su Creador según el plan divino. A su Ley Eterna deben referirse todas las relaciones naturales y sobrenaturales entre las criaturas: nadie está exento.(65)

Por eso Santo Tomás escribe: “Si hubiera un peligro para la Fe, los subordinados estarían obligados a reprender a sus prelados incluso públicamente”(66) y Cayetano dice: “Se debe resistir al Papa que destruye abiertamente a la Iglesia”.(67)

DEBERES Y PODERES DEL EPISCOPADO

Si el comportamiento extraordinario de la jerarquía actual justifica, o mejor, impone a los fieles un comportamiento que sale también de lo ordinario, con mayor razón lo exige de los Obispos, puesto que sus deberes son más graves y sus poderes en la Iglesia son más amplios.

Por ser sus deberes más graves:

Los Obispos presentes en la Iglesia por institución divina(68) “no son delegados o vicarios del Papa sino propia y verdaderamente pastores de almas”.(69)
En virtud de su grado jerárquico, Maestros y Guardianes “de la Fe y de las Costumbres”,(70) los Obispos son responsables ante Cristo de su mandato divino.(71) Dicho mandato es ejecutado indudablemente con y bajo Pedro, pero Pedro no tiene el poder ni de anularlo, ni de modificarlo, ni de orientarlo hacia otros fines. Del mismo modo que la Iglesia es el Cuerpo de Cristo y no el de Pedro, los Obispos —al estar subordinados a Pedro— son los servidores de Cristo y no de Pedro.(72)
Papado y Episcopado “son estrechamente solidarios”, “son dos formas: una suprema (...) y otra dependiente (...) de un mismo poder que viene de Cristo, que está ordenado a la salvación eterna de las almas”.(73) Un Obispo no puede pretender haber cumplido todo su deber cuando se limita, como un seglar, a resistir en la Fe, sólo por su propia cuenta.

Por ser sus poderes más amplios:

Para proveer a la salvación de las almas cada obispo recibe:
1) Inmediatamente de Dios, por medio del Sumo Pontífice o inmediatamente de él pero por derecho divino,(74) el poder de jurisdicción “para gobernar a los fieles con el fin de obtener la vida eterna”, por medio del magisterio sagrado, del poder legislativo y del poder judicial.(75)
2) Inmediatamente de Dios, en el momento de la consagración episcopal, el poder del orden “para santificar a las almas ofreciendo el Sacrificio de la Misa y a través de la administración de los sacramentos”. Entre los sacramentos, son propios del Obispo la Confirmación y el Orden. Este último le permite transmitir el sacerdocio incluso en su plenitud (Episcopado).
A diferencia del poder de jurisdicción —que se puede revocar—, el poder de orden es imborrable. Por esta razón la consagración episcopal hecha por un obispo es válida aun en el caso en que sea ilícita por disposición de la Autoridad competente.(76)

PODER Y DEBER DEL PAPADO

La misión y poderes episcopales, en cuanto están ordenados a la edificación de la única Iglesia de Cristo, están indudablemente sometidos en su ejercicio al Sucesor de Pedro, en virtud del Primado.
Sin embargo, el Papa no ha recibido poder de disciplinar “ab homine”, misión y poderes de derecho divino, sino con el único fin de asegurar a la Iglesia una unidad de gobierno en la prosecución de su fin específico que es la salvación eterna de las almas.(77) No lo ha recibido para orientar al episcopado según sus puntos de vista “personales” y menos aun para hacerle tomar una orientación contraria a la que Cristo mismo le ha dado y —cuando no encuentra resistencia— continúa dando a los miembros de la jerarquía según su promesa formal: “Mirad que Yo estoy con vosotros todos los días, hasta la consumación de los siglos”.(78)
Así, al instituir el Primado, Nuestro Señor Jesucristo no pensaba de ningún modo abandonar a su Iglesia al arbitrio de Pedro y de sus Sucesores. La Iglesia no es “policéfala” como pretenden los autores del “colegialismo” episcopal. Tampoco es “bicéfala”, como ya hemos dicho. Aunque es cierto que el Episcopado está limitado por el Primado, éste a su vez está “limitado por el derecho divino”, que “exige que el poder eclesiástico, en conformidad con su finalidad, sea utilizado para la edificación y no para la destrucción del Cuerpo Místico de Cristo”.(79)
De lo cual resulta que el Papa está obligado a actuar en conformidad con las exigencias de la gloria de Dios, del bien de la Iglesia y de la Salvación eterna de las almas cuando limita el poder de jurisdicción de los Obispos o cuando reglamenta el ejercicio de su poder de orden.
Estas son nociones más que elementales, pero que más que nunca están oscuras en el espíritu de los miembros de la jerarquía.

LA ELECCIÓN DE LOS OBISPOS

Es un hecho que “en los primeros tiempos de la Iglesia y al comienzo de la Edad Media, la elección del Obispo hecha por el clero y por el pueblo, o el nombramiento hecho por los príncipes, no siempre era objeto de una aprobación del Papa. Que en estos casos haya habido confirmación o colación tácita del poder episcopal hecha por el Papa (...) parece tan indemostrable como improbable”.(80) De ahí proviene la distinción que hacen los teólogos entre la autoridad del Papa en cuanto a la materia y en cuanto al ejercicio de dicha autoridad.(81)
De hecho, el ejercicio de la autoridad papal sobre el poder de orden de los Obispos ha variado en el correr de los siglos en función de las necesidades de la Iglesia y de las exigencias de la salvación de las almas. Esta intervención era inexistente durante los primeros siglos, cuando las necesidades del Evangelio exigían que los poderes episcopales fueran ejercidos sin límites. Así vemos a los Apóstoles y a sus discípulos inmediatos elegir, ordenar y establecer otros obispos en las sedes episcopales.(82) Después, poco a poco —y cada vez más hasta el siglo XIV— para apartar la ingerencia indebida del poder civil, los Papas comenzaron a reservarse la elección de los Obispos como una “causa mayor”, es decir de particular importancia para la Iglesia.(83) La disciplina actual, que prevé la excomunión del Obispo que consagre sin mandato pontificio, fue instaurada por Pío XII cuando tuvo que afrontar la amenaza de una Iglesia cismática en China.
Por otra parte, en la historia de la Iglesia abundan los casos de Obispos que en situaciones extraordinarias en las que se repetían en parte las exigencias de los primeros siglos y en las que, por consiguiente, se hacía patente la necesidad de usar los poderes episcopales en plenitud, consagraron Obispos sin seguir las normas disciplinarias de la época. Lo hacían en virtud de esta “ley de suplencia” que existe en la Iglesia, como en todo organismo, cuando el funcionamiento de los órganos necesarios o indispensables se halla comprometido. En el siglo IV, San Eusebio de Samosata recorría las Iglesias orientales devastadas por el arrianismo y, sin poseer sobre ellas ninguna jurisdicción especial, consagraba e imponía allí Obispos católicos.(84)
En tales circunstancias, se podía presumir razonablemente el consentimiento de la Autoridad Suprema —que sólo puede querer el bien de la Iglesia y la salvación de las almas— y la transgresión material de la norma disciplinaria —que entonces estaba en vigor— estaba justificada por el “estado de necesidad”, que crea su respectivo “derecho de necesidad”.

ESTADO Y DERECHO DE NECESIDAD

El estado de necesidad y el respectivo derecho de necesidad es uno de los argumentos que dio Nuestro Señor Jesucristo cuando quiso demostrar la inocencia de sus discípulos acusados por los fariseos de haber violado la ley del reposo sabático al recoger espigas para entretener el hambre: Jesús evocó el episodio de David, que movido por la necesidad del hambre, “entró en la casa de Dios y comió los panes de la proposición, que no le estaba permitido comer ni a él ni a los que estaban con él, sino solamente a los sacerdotes”.(85)

El Derecho Canónico considera el estado de necesidad como una de las causas que —bajo ciertas condiciones— suprimen la imputabilidad(86) del “delito”, que en ese caso se reduce a una transgresión puramente material de la ley.(87) El comunicado del 30 de junio de 1988 de la Sala de Prensa del Vaticano mencionaba ese derecho de necesidad en el caso de Monseñor Lefebvre fundador de la FSSPX, aunque para negarlo.

El estado de necesidad, como lo explican los juristas, es un estado en el que están amenazados los bienes necesarios para la vida natural o sobrenatural, de tal modo que la persona se ve moralmente forzada a infringir la ley para salvaguardarlos.(88)

Para poder argüir el estado de necesidad y ser favorecidos por el derecho correspondiente, es necesario:

1) que realmente exista un estado de necesidad;

2) que se haya intentado remediarlo recurriendo a los medios ordinarios;

3) que el acto “extraordinario” que se lleve a cabo no sea intrínsecamente malo y que no resulte un daño para el prójimo;

4) que en la infracción de la ley no se traspasen los límites de las exigencias realmente impuestas por el estado de necesidad;

5) que de ninguna manera se discuta el poder de la autoridad competente, sino que, al contrario, se pueda presumir razonablemente que en circunstancias normales esta autoridad habría dado su aprobación.

NOTAS:

(1) Cfr. por ejemplo el elogio repetido de Gallarati Scotti, amigo del joven Montini, en L'Osservatore Romano (en adelante O.R.) del 7 de julio de 1976, del 14 de enero de 1979, del 5 de junio de 1981, etc.
(2) O.R. del 8 de septiembre de 1977.
(3) O.R. del 10 de junio de 1981.
(4) Ver Sì Sì No No, VIIº año, Nº 15, pág. 15.
(5) León XIII: Carta Apostólica Apostolicæ curæ del 13 de septiembre de 1886.
(6) San Agustín de Canterbury, obispo enviado por San Gregorio Magno para evangelizar la Gran Bretaña; desembarcó en la costa inglesa en el año 597 con unos cuarenta misioneros; estableció su primer monasterio en Canterbury y murió el 26 de mayo del año 604.
(7) Cfr. Sì Sì No No, VIIIº año, nº 20.
(8) León X: Bula Exsurge Domine del año 1520.
(9) O.R. del 6 de noviembre de 1983.
(10) Vaticano II: Constitución dogmática Dei Verbum.
(11) O.R. de los días 24 y 25 de junio de 1985.
(12) O.R. de los días 14 y 16 de abril de 1986.
(13) Avvenire del 20 de octubre de 1986. El Dalai Lama es considerado como la reencarnación de Buda.
(14) O.R. del 17 de septiembre de 1986: Elementos para una base teológica de la Jornada Mundial de Oración por la Paz. Cfr. también Civilta Cattolica del 20 de abril de 1985: El cristianismo y las religiones no cristianas.
(15) Catecismo de San Pío X, nº 24.
(16) O.R. del 17-IX-86.
(17) Saludo del Papa a los “cristianos” en la catedral de San Rufino de Asís: O.R. de los días 27 y 28 de octubre de 1986.
(*) Sì Sì No No, edición italiana.
(18) La edición italiana apareció en Ricciardi, Milán-Nápoles. Traducción española en Salamanca, 1994.
(19) Santo Tomás, IV Sent, dist. XIII, qu. II, art. 1 ad 2um.
(20) Cayetano, in IIa IIaequ. 39, art. 1, nº 2.
(21) Santo Tomás, IIa IIae qu. 39, art. 1.
(22) Gregorio XVI, enc. Mirari vos (Dz. 1613-6); Pío IX, enc. Quanta cura (Dz. 1689 y ss.) y el Syllabus (Dz. 1724-1755, 1777-1780); León XIII, enc. Immortale Dei (Dz. 1867) y enc. Libertas (Dz. 1932).
(23) Compendio de Derecho Canónico, ed. Marietti, Turín, pág. 1320.
(24) Cfr. E.E.Y. Hales, La Chiesa Cattolica nel Mondo Contemporaneo, ed. Paoline, 1961.
(25) Instrucción sobre el movimiento ecuménico del 20 de diciembre de 1949, de Pío XII: “se debe evitar que en un espíritu que hoy se llama irénico, la doctrina católica, se trate del dogma o de verdades conexas, no sea —ella misma— por medio de un estudio comparado y, por un vano deseo de asimilación progresiva de las diferentes profesiones de fe, asimilada o acomodada de alguna forma, a las doctrinas de los disidentes, al punto de que la pureza de la doctrina católica tenga que sufrir o de que su sentido verdadero y cierto quede oscurecido”.
(26) Cfr. Romano Amerio, op. cit., cap. XVI, El diálogo.
(27) Bonifacio VIII, Bula Unam Sanctam (Dz. 468).
(28) Santo Tomás IIa IIae, cuest. 39; art. 1 y Cayetano, in IIa IIae, qu. 39.
(29) Cardenal Journet: L'Eglise du Verbe Incarné, Desclée de Brouwer, Friburgo 1962, pág. 526.
(30) Ibid. pág. 524; Cayetano, De comparata auctoritate Papae et concilii, cap. VIII, nº 519.
(31) Ep. XV, 2, citada por León XIII en la encíclica Satis cognitum, del 29-VI-96.
(32) León XIII, Satis cognitum.
(33) Homilía De Penitentia, atribuida a San Basilio, citada por el Concilio de Trento y por León XIII en Satis cognitum.
(34) Cardenal Journet, op. cit. pág. 524.
(35) Cita de Bossuet en el Diccionario de Teología Católica, t. IX, col. 908.
(36) Cf. Dz. 1839.
(37) Mt. 16,17-18.
(38) Mt. 16, 23.
(39) Gal. 2,14.
(40) In omnes S. Pauli Epistolas.
(41) In IIa IIae, qu. 39 art. 1, nº 6.
(42) Op. cit., vol. I, págs. 547 y ss.
(43) Ibid., vol. I, pág. 626; vol. II, págs. 839 y ss.
(44) Cfr. Diccionario de Teología Católica: Cisma.
(45) Léase sobre este tema la constitución Pastor æternus, del Vaticano I.
(46) Dz. 1821.
(47) Dz. 1969.
(48) León XIII, enc. Satis cognitum.
(49) Pío XI, enc. Mortalium animos.
(50) El Monotelismo pretendía que sólo hay una voluntad en Jesucristo. Fue condenado en el 681 por el tercer Concilio Ecuménico de Constantinopla.
(51) León XIII, enc. cit.
(52) Orígenes: Vetus interpretatio commentariorum in Matth., nº 46, citado, como los siguientes, en Satis cognitum.
(53) San Ireneo: Contra Hæreses, libro IV, cap. XIII, nº 1.
(54) Tertuliano: De Praescrip. cap. XXI.
(55) Esas expresiones son de León XIII, en la enc. cit.
(56) Satis cognitum.
(57) Diccionario de Teología Católica, en Cisma, tomo XXVII, col. 1302.
(58) Cardenal Journet, op. cit., vol. I, pág. 525, nota I, sobre la Iglesia “monocéfala”, es decir, que tiene una sola cabeza.
(59) Vat. I Constitución Dogmática De Ecclesia Christi, Dz. 1836.
(60) Diccionario de Teología Católica, tomo II, col. 2039-2040.
(61) Carta a Gregorio XI.
(62) R.P. Camel O.P.: Brève Apologie pour l'Eglise de toujours, Difralivre.
(63) Cardenal Journet.
(64) San Roberto Belarmino, De Romano Pontifice.
(65) Diccionario de Teología Católica, en Cisma, tomo IX, col 876-877.
(66) IIa IIae, qu. 33, art. 4, ad 2um.
(67) De comparata auctoritate Papae et concilii.
(68) Vat. I, Dz. 1828; Hechos 20, 20-28.
(69) Ludwig Ott: Grundiss der Dogmatik, ed. Herder, Friburgo Alemania; Diccionario de Teología Católica, tomo V., col 1703.
(70) Cardenal Journet, op. cit., vol. I, pág. 506; Cf. can. 336 del antiguo Código de Derecho Canónico.
(71) I Ped. 5, 2.
(72) Ludwig Ott, op. cit.; Raúl Naz y diversos autores, Tratado de Derecho Canónico, ed. Letourzey et Ané, París.
(73) Cardenal Journet, op. cit. vol. I.
(74) Esta cuestión todavía está abierta: Ver Diccionario de Teología Católica en Obispos, tomo VIII, col 1703.
(75) Parente-Piolanti-Garófalo: Dizionario di teologia dommatica, ed. Studium, Roma, en Gerarchia.
(76) Raúl Naz y otros, op. cit., pág. 455
(77) Dz. 1821.
(78) Mt. 28, 20.
(79) 2 Cor. 10, 8; cfr. Ludwig Ott, op. cit.
(80) Ludwig Ott, op. cit.
(81) Cardenal Journet, op. cit., tomo I, pág. 528, nota I.
(82) Tito 1, 5; 1 Tim. 4, Hechos 14, 22.
(83) Raúl Naz y otros, op. cit.; Diccionario de Teología Católica, en Elección de los Obispos, tomo VIII, col 2256 y ss.
(84) Theod., His. eccle. 1 IV, cap. 12; Dom A. Grea: La Iglesia y su divina constitución, I, II., cap. XI: Acción del colegio episcopal.
(85) Mt. 12, 3-4.
(86) Para que una persona sujeta a una pena se necesita: a) una transgresión de la ley; b) que esta transgresión sea “imputable”, es decir que se tengan fundamentos para reprochársela; ahí es donde interviene el estado de necesidad; c) que esta persona sea responsable: si es irrespon¬sable, no puede ser castigada, aunque el delito le sea imputable.
(87) Cf. can. 2205, § 2 del antiguo Código de Derecho Canónico, y el canon 1323, nº 4 del nuevo Código de Derecho Canónico que dice: «No queda sujeto a ninguna pena quien, cuando infringió una ley o precepto:... 4º actuó coaccionado por miedo grave, aunque lo fuera sólo relativamente, o por necesidad, o para evitar un grave perjuicio, a no ser que el acto fuera intrínsecamente malo o redundase en daño de las almas».
(88) Eichemann-Morsdorf: Tratado de derecho canónico; G. May: Legítima defensa, resistencia, necesidad.

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